El Registro de la Propiedad … ¿privado?
• 1955 Views • No hay comentarios en El Registro de la Propiedad … ¿privado?Me dejó Tristán el Subastero un comentario en mi post Vuelvo a la carga, en el que me decía que “De todo lo que has comentado, lo que más me inquieta es lo de los Registros de la Propiedad y la privacidad de las personas. ¿Pero su función no era la de ser públicos?“.
Sí, su función es la de ser públicos. Pero es que el Registro de la Propiedad se ha convertido de facto en un Registro de Propietarios.
Me explico. Allá por noviembre de 2008, creo que no con poca guasa, publiqué el post José Moreno el Pocero Bueno y el Registro de Propietarios. En él expresaba algo que sigue sucediendo en el Registro de la Propiedad: que puedes obtener datos de las propiedades de una persona sin aportar información tuya alguna. Si quieres puedes pedir el listado de las propiedades de una persona, normalmente te lo darán. Nada nuevo.
Pero es que la cosa va mucho mas allá. Sigo. Aparte del reciente artículo de ElEconomista.es en el que dicen que Investigan al Registro de la Propiedad por facilitar datos de forma irregular, y muestran cosas que creo que ya teníamos superadas, resulta que sin investigar mucho mas, se puede ir mucho pero mucho mas allá.
Simplemente, dése Ud. de alta como usuario registrado en el sistema del Colegio de Registradores y empiece a jugar. Juegue un buen rato dentro y a ver qué cosas se le ocurren. Si quiere Ud, oiga, aquí tiene la Política de Privacidad del mismo. Léasela un rato y a ver si echa algo en falta.
Al tercer rato que uno juega ya se le ocurre la primera forma de averiguar datos de una persona sin dejar rastro ninguno: investigar en qué provincias, ciudades, pueblos o registros, una persona tiene propiedades. Sin pedir nota simple ninguna. Sin pedir nota de localización. Sin preguntas. Sin rastro, aparte de tu visita al portal.
¡Anda! ¿Pero esto se puede hacer? Bueno, vamos a releernos la Política de Privacidad del Registro que os he enlazado antes… vaya, pues no dice nada en contra. Ya, claro, pero seguro que en las Condiciones de Uso del servicio te restringen ese uso… mmmm …. pfffff….. ¡pero bueno! ¡Tampoco aquí hay ninguna cláusula que lo impida!
Si además tienes la suerte que tu interesado es extranjero o/y tiene un nombre poco común, entonces los formularios de búsqueda de personas van a ser para tí toda una fuente de información: sólo con el nombre y el apellido de una persona que tenga una propiedad en España, y que sea suficientemente extraño, ya te regalan el dato de su N.I.E. Si es de nuestra tierra, te regalan el NIF. Fantástico, oiga. Y si hay mas de uno, pongamos diez, puedes llegar a tenerlos todos. Ideal para buscar después en el BOE por si hay alguna multa pendiente, fíjate tú.
La mejor demostración de todo esto es la que puedas hacer tú mismo. Juega un rato y observarás mas puntos a favor. Dejo a la imaginación de ese grupo de friquis formado por algunos de los que me leéis, el resto de cosas que se pueden conseguir dándole sólo un par de vueltas de tuerca mas al tema.
Pero queda claro: en ese sistema, se pueden obtener datos de carácter personal de propietarios, sin interesarse por ninguna propiedad. Y lo que es peor, casi sin dejar rastro. Ni pagar.
He dejado algunas cosas en el tintero pero, ¿te he contestado, Tristán?
Os dejo con ”Comprando terrenos por Internet“, un vídeo que presenté en el CEPADE también en 2008. Orgulloso me quedé de él. Al que se lo trague entero sin dormirse, le doy un premio.
Por cierto, que me hace falta… alguien sabe lo que es una “demostración fehaciente”. Por que notificación fehaciente sí que lo sé, pero “demostración fehaciente” no.
Saludos!
Un par de enlaces de Tristán y de Echevarri que hacen uso del Registro:
- Tristán: Alerta, subastas de disoluciones de proindivisos
- Echevarri: El futuro de las oficinas liquidadoras
Y el enlace de la foto de freefoto: Sheperd and baby lambs.
Léete también esto:
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